Su hipoteca podrí­a variar hasta en 795 euros dependiendo del banco

28.01.2006

Merece la pena tomarse un tiempo decidiendo cual es la hipoteca que más nos conviene. Si elegimos mal podemos pagar más de la cuenta como se deduce de leer los siguientes párrafos:

Los usuarios que contratan una hipoteca pueden encontrar diferencias de hasta el 9,8% en el importe de las cuotas mensuales dependiendo del banco o caja con el que la suscriban, lo que supone una diferencia de hasta 795 euros anuales, según un estudio elaborado por Facua.

El responsable de Comunicación de la Federación de Consumidores en Acción (Facua), Rubén Sánchez, explicó ayer en Sevilla que estos datos tienen como referencia una hipoteca para primera vivienda de 140.000 euros, que representarí­a el 80% del valor de tasación del inmueble, a pagar en 25 años con un interés variable.

El estudio comparativo sobre 27 productos hipotecarias ofertados por 16 entidades financieras -siete on line y nueve tradicionales- seleccionó un préstamo cuya cuantí­a se aproxima al importe medio de 138.959 euros del total de hipotecas constituidas en España durante el pasado mes de octubre, última fecha analizada por el Instituto Nacional de Estadí­stica.

Sánchez señaló que las mensualidades van desde los 673,26 euros de la oferta más económica hasta los 739,37 euros de la más cara, teniendo en cuenta el Euribor de diciembre de 2005, que se situó en el 2,7%.

Fuente: abc.es

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Comentarios

One Response to “Su hipoteca podrí­a variar hasta en 795 euros dependiendo del banco”

  1. ANTONIO on October 16th, 2008 6:51 am

    HE LEIDO LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL, Y NO ENTIENDO LO SIGUIENTE:
    A MI M EMBARGARON LA PENSION.de 1000 euro en gran canarias cuatro veces.
    primero me embargaron con arreglo a ley de enjuiciamientocivil 30 por ciento
    segundo me volvieron a embargar informe a su señoria que estaba embargado
    y me quitaron el embargo en numero 2 de lo civil
    tercero a la semana el bbv en numero 2 mete embargo y es aceptado
    cuarto bbv vuelve a meter otro embargo por revision de no se que y tambien es aceptado.
    HE PREGUNTADO VARIAS VECES A LOS ABOGADOS, Y DICEN QUE NO ES CON ARREGLO A LA LEY DE ENJUICIAMIENTO CIVIL ES A CRITERIO DE QUE
    CADA JUEZ .
    BUENO COMO YO SOY DE LA EPOCA DE FRANCO , ,SOLO ME ATREVO A DECIR , QUE NO SE ,COMO VA LA MOVIDA , LO CIERTO QUE LOS ESPAÑOLES
    NOS QUEDAMOS CON LA BOCA ABIERTA SIN ENTENDER NADA.
    PODRIAN AYUDARNOS A ENTENDER EL SISTEMA ESPAÑOL
    GRACIAS
    ANTONIO

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